El 2 de agosto de 2022 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 14/2022, con las medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural. Estas medidas refuerzan el marco normativo ya existente en España para el consumo racional de energía y las obligaciones previstas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
Las nuevas obligaciones se introducen de forma temporal hasta el 1 de noviembre de 2023, sobre los edificios y locales sujetos a obligaciones de temperatura en el marco del RITE, es decir, tanto el conjunto de edificios y locales de las administraciones públicas, como en el ámbito del sector terciario.
En primer lugar, se modifica la limitación de temperaturas de calefacción y refrigeración a 19 y 27ºC, respectivamente. En segundo lugar, se hace extensiva tanto esta obligación, como la relativa a los cierres automáticos de puertas, a los edificios y locales que se climaticen con energía renovable, que hasta el momento estaban exentos de estas obligaciones.
En tercer lugar, se introduce la obligación a estos locales y edificios, que actualmente ya deben contar con carteles o pantallas donde se hacen visibles al público las temperaturas y humedad relativa de los mismos, que incorporen carteles explicativos de las medidas obligatorias de ahorro, en las que también pueden incluir otras medidas que estén adoptando para reducir el consumo energético.
Por último, se introduce la obligación de adelantar la siguiente inspección de eficiencia energética en aquellos edificios obligados a ello, cuya última inspección sea anterior al 1 de enero de 2021. De este modo, llegado el final del año 2022, todos los edificios con un consumo relevante de climatización habrán pasado por una inspección de este tipo en los últimos dos años.
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